Tipos de miembros de la Sociedad de Cirujanos Generales del Perú
La Sociedad de Cirujanos Generales del Perú está compuesta por Miembros:
- a) Fundadores
- b) Titulares
- c) Asociados
- d) Correspondientes Extranjeros
- e) Honorarios
- f) Adscritos
a) Miembros Fundadores
Los miembros Fundadores son todos los cirujanos que han formado parte activa en la organización de la Sociedad y que firmaron el Acta de Fundación.
b) Miembro Titular
Para optar la categoría de Miembro Titular se requiere:
- a) Ser médico – cirujano y tener vigente la colegiatura del Colegio Médico del Perú
- b) Estar inscrito en el Registro Nacional de Especialistas en Cirugía General del Colegio Médico del Perú
- c) Haber sido Miembro Asociado por un tiempo no menos de diez años
- d) Ser aprobado por el Comité de Ética y Calificación de la Sociedad
- e) Tener la recertificación en Cirugía General vigente, entendiéndose por recertificación al proceso continúo y permanente por medio del cual se confirma periódicamente la vigencia del nivel de competencia alcanzado por el cirujano general y que es llevado a cabo por el Colegio Médico del Perú
- f) Presentar su Currículum Vitae, el que será evaluado según las normas del Reglamento de Incorporación de Miembros
- g) Excepcionalmente, la Junta Directiva podrá conceder la categoría de Miembro Titular a aquellos profesionales que por sus méritos sean propuestos por cinco miembros Fundadores o Titulares en situación hábil y que obtenga la aprobación del Comité de Ética y Calificación de la Sociedad.
- h) Los miembros aprobados cancelarán la cuota asignada.
Son derechos de los Miembros Titulares:
- a) Participar con voz y voto en las Asambleas de la Asociación
- b) Elegir y ser elegidos para cualquier cargo de la Junta Directiva
- c) Participar en los Congresos, Jornadas y demás reuniones científicas y/o sociales organizados por la Sociedad.
- d) Recibir las publicaciones de la Sociedad.
Son deberes de los Miembros Titulares:
- a) Velar por el prestigio de la Asociación así como contribuir eficazmente al progreso de la misma.
- b) Participar activamente en las reuniones científicas organizadas por la asociación.
- c) Cumplir con las comisiones que les asigne la sociedad.
- d) Cumplir con los pagos de las cuotas asignadas.
- e) Comunicar oportunamente a la sociedad el cambio de domicilio y las modificaciones que aparecen en su currículum vitae.
- f) Cumplir y hacer cumplir el Estatuto y Reglamento de la Asociación
c) Miembros Asociados
Para ser Miembro Asociado se requiere:
- a) Ser médico – Cirujano y tener vigente la colegiatura.
- b) Estar inscrito en el Registro Nacional de Especialista del Colegio Médico del Perú
- c) Tener la recertificación en Cirugía General vigente
- d) Presentar una solicitud dirigida al presidente de la Asociación
- e) Ser evaluado por el Comité de Ética y Calificación de la Sociedad y aprobado por la Junta Directiva.
- f) Abonar la cuota de ingreso
Son derechos de los Miembros Asociados.
- a) Participar con voz y voto en las asambleas de la sociedad.
- b) Elegir y ser elegido como secretario, tesorero, secretario de acción científica, secretario de prensa propaganda, secretario de filiales ó vocal de la junta directiva.
- c) Participar en los Congresos, Jornadas y demás reuniones científicas y/o sociales de la sociedad.
- d) Postular a Miembro Titular cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 10.
Son deberes de los Miembros Asociados:
- a) Velar por el prestigio de la Asociación así como contribuir eficazmente al progreso de la misma.
- b) Participar activamente en las reuniones científicas organizadas por la sociedad.
- c) Cumplir con las comisiones que les asigne la sociedad.
- d) Cumplir con los pagos de las cuotas asignadas.
- e) Comunicar oportunamente a la sociedad los cambios de domicilio y las modificaciones que aparecen en su currículum vitae.
- f) Cumplir y hacer cumplir el Estatuto y Reglamento de la Sociedad.
d) Miembros Correspondientes Extranjeros.
Son Miembros Correspondientes Extranjeros, aquellos que por sus méritos o propuesta de la Junta Directiva ó del Comité de Ética y Calificación de la asociación, se hallan hecho acreedores a dicha distinción. No tienen voz ni voto.
e) Miembro Honorario.
La Junta Directiva conferirá la calidad de Miembro Honorario a los científicos que por sus méritos y prestigio personal se hallan hechos acreedores a dicha distinción de acuerdo a la reglamentación vigente, tendrán voz y voto.
f) Miembros adscritos.
Son Miembros adscritos, aquellos médicos residentes en la especialidad de Cirugía General que postulen acreditando su condición de tal mediante constancia de la Universidad y con carta del Jefe del Departamento de Cirugía de su hospital sede. La calidad de miembro adscrito se pierde en forma automática una vez finalizado el período de residentado.
Artículo 19
La calidad de Miembro se pierde:
- a) Por inhabilitación definitiva del Colegio Médico del Perú
- b) Por resolución del Comité de Etica y Calificación y aprobación de la Junta Directiva, con cargo a dar cuenta a la Asamblea General.
- c) Por renuncia expresa, efectuada por escrito, dirigida al presidente de la Junta Directiva
- d) Por falta de pago de doce meses de sus cotizaciones, a pesar de reiterado requerimiento escrito.
Artículo 21
Procede la exclusión por:
- a) Perder la calidad de miembro
- b) Malversación de fondos de la Sociedad
- c) Usurpar funciones
- d) En todos los casos se procede a retirar los nombres del padrón de asociados.